Código Deontológico

CODIGO DEONTOLOGICO DE CONDUCTA DE RADIO STEREO POPULAR 106.7 FM “BONITA”

Radio Stereo Popular 106.7 FM en cumplimiento con la Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 22  de martes 25 de junio de 2013, expide el presente Código Deontológico o de Conducta, incorporando al mismo las disposiciones y normas que obran del articulo 10 de la ley que se menciona, el mismo que servirá para mejorar la práctica y gestión interna y el trabajo comunicacional de manera responsable considerando que la información es un derecho constitucional y la comunicación social que se realiza a través de los medios de comunicación es un servicio que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad respetando los derechos de la Comunicación establecido en la Constitución, los instrumentos internacionales y contribuyendo al buen vivir de las personas.

OBJETIVO

El Código Deontológico propone garantizar a los radioyentes de esta emisora, contenidos de calidad en los que se respete la dignidad humana, la diversidad de ideas, la libertad de expresión de todos los ciudadanos, el respeto a la vida privada y el derecho a la réplica.

Con la finalidad de preservar la credibilidad y la confianza de los oyentes, la estación asume un compromiso con su público y la obligación de informar con veracidad y responsabilidad sobre todos los asuntos de interés general, acatando los principios de la democracia, la pluralidad, la veracidad, la honestidad, la libertad, el dialogo y la tolerancia.

Asi sus tareas serán las de producir con la mejor calidad posible y la mayor cantidad de información todos los contenidos de los programas, la música en todas sus expresiones, los deportes, las noticias, los reportajes y el entretenimiento; buscando la equidad en los temas y propuestas frente a las diversas problemáticas de tipo social, económico y político.

MISION

La Estación Radial denominada “Stereo Popular 106.7 FM” tiene como misión la difusión de noticias, deportes, música, impulsando el respeto a los entornos humanos y ambientales; al mismo tiempo proveyendo de trabajo y ayuda social a su medio circulante, para el adelanto socio económico de La Maná y el Ecuador.

VISION

La Estación Radial denominada “Stereo Popular 106.7 FM” desea crecer junto a sus colaboradores para llegar a ser una de las estaciones radiales mas organizadas y productivas de La Maná y la región, teniendo el personal mejor capacitado y remunerado del sector.

 

VALORES

Objetividad: sostenemos que nuestra labor informativa debe estar regida por principios de veracidad, imparcialidad, independencia y transparencia.

Credibilidad: Actuamos permanentemente para ser dignos de confianza y respaldo ciudadano.

Responsabilidad: creemos que todos nuestros actos deben ser la expresión del pleno y cabal cumplimiento de nuestras obligaciones y deberes.

Cooperación: Valoramos el trabajo en equipo, basado en la solidaridad y compromiso institucional.

Pluralidad: Nos asumimos como un medio de comunicación que practica y promueve la lealtad, tolerancia y respeto.

Art.1.- NORMAS DEONTOLOGICAS.

Referidos a la dignidad humana:

  1. Respetar la honra y reputación de las personas
  2. Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad
  3. Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios
  4. Respetar la intimidad personal y familiar

 

Relaciones con los grupos de atención prioritaria:

  1. No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud.
  2. Abstenerse de usar y difundir menciones identificativas que atenten contra la dignidad a los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades.
  3. Evitar la representación o comentario positivo o valorativo de escenas donde se haga burla de discapaciudades físicas o psíquicas de las personas.
  4. Abstenerse de emitir menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores, testigos o victimas de actor ilícitos, salvo el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto por autoridad competente.
  5. Proteger el derecho a la opinión y privacidad de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia.
  6. Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores o proyecten una visión negativa del envejecimiento.

 

Concernientes al ejercicio profesional

  1. Respetar los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contratación en la difusión de información de relevancia pública o interés general.
  2. Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas.
  3. Abstenerse de obtener información o grabaciones con métodos ilícitos.
  4. Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares.
  5. Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia.
  6. Impedir la censura en cualquier de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla.
  7. No aceptar presiones externas en el cumplimiento de la labor periodística.
  8. Ejercer y respetar los derechos a la reserva fuente y el secreto profesional.
  9. Abstenerse de usar la condición de periodística o comunicador social para obtener beneficios personales.
  10. No utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenidad en forma confidencial en el ejercicio de su función informativa.
  11. Respetar los derechos de autor y las normas de citas.

 

Relacionados con las practicas de los medios de comunicación social

  1. Respetar la libertad de expresión de comentarios y de critica
  2. Acatar y promover la obediencia a la Constitucion, a las leyes y a las decisiones legitimas de las autoridades publicas.
  3. Promover espacios de encuentro y dialogo para la resolución de conflictos de interés colectivo.
  4. Contribuir al mantenimiento de la paz y seguridad
  5. Servir de canal para denunciar de los poderes públicos y privados
  6. Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista, racista o que atente contra los derechos humanos de las personas.
  7. Promover el dialogo intercultural y las cociones de unidad y de igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales.
  8. Promover la integración política, económica, cultural de los ciudadanos, pueblos y colectivos humanos.
  9. Propender a la educomunicacion.
  10. Rectificar a la brevedad posible las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas.
  11. Respetar el derecho a la presunción de inocencia-
  12. Abstenerse de difundir publirreportajes como si fuese material informativo
  13. Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes en el contenido de noticias
  14. Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones.
  15. Distinguir claramente entre el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario.
  16. Evitar difundir de forma positiva o valorativa, las conductas irresponsables con el medio ambiente
  17. asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan.
  18. Abstenerse de realizar practicas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad.

Relacionados a la programación de la emisora

  1. La programación de la emisora estará destinada a cumplir funciones culturales, informativas, deportivas y de entretenimiento.
  2. Los contenidos de los programas ofrecerán de manera atractiva asuntos de interés general, utilizando un lenguaje claro y expresiones sencillas y directas que sean comprensibles para la generalidad del público.
  3. De acuerdo al perfil de cada persona, se estimulará la identificación con el oyente al que se dirigen los mismos, procurando ser comprensibles para todas las personas.
  4. Todos los programas tendrán como objetivo informar, entretener y culturizar a la sociedad.
  5. Los informativos tendrán un contenido con información objetiva y veraz de sucesos ocurridos en la ciudad, en el territorio nacional, asi como en el extranjero, incluirán espacios noticiosos que contengan todos los géneros periodísticos y en ellos se procurara destacar la información local, provincial y nacional, tratados con total apego a la veracidad previamente consensuados. Si alguna persona considerare que dicha información carece de veracidad y aquella le acasionare un daño, tendrá la oportunidad de aclarar o replicar, para lo cual la estación le proporcionará el espacio correspondiente.
  6. Se garantizará la información con libertad e independencia de posiciones políticas y opciones institucionales.
  7. Los programas deportivos se realizarán con apego a la verdad y a la particular apreciación periodística de lo que se observe en los campos deportivos, no tendrán sesgo de ninguna naturaleza y evitara las agresiones verbales de tipo personal y a los actores deportivos o dirigente alguno.
  8. Los programas de entretenimiento, están referidos a espectáculos, presentaciones artísticas y culturales, variedades, entre otros musicales y/o locutados tendrán la finalidad de entretener, divertir y servirán de acompañamiento de nuestros oyentes durante el desarrollo de sus actividades diarias, se tratará de complacer las solicitudes combinadas con nuestra propia propuesta musical.
  9. La locución de la emisora será clara, animada, positiva, evitando cualquier comentario engañoso. Se evitará el uso de lenguaje obsceno asi como la discriminación por razones de género, étnico-culturales, opción sexual, credo religioso y otros.
  10. En lo que hace relación a la publicidad comercial, se observara las regulaciones establecida en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
  11. En cuanto a la propaganda de difusión o de adoctrinamiento político, se sujetará estrictamente a la Ley Orgánica Electoral o Código de la Democracia; a la Ley de Control Gasto Electoral; así como a las disposiciones que al efecto dicten los organismos electorales pertinentes.

El incumplimiento de los principios deontológicos establecidos en este articulo podrá ser denunciado por cualquier ciudadano u organización al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación, quien emitirá un pronunciamiento conforme al Derecho.

 

Art. 2.- PARTICIPACION

Radio Stereo Popular 106.7 FM será una estación abierta permanentemente a generar espacios de participación facilitando a los ciudadanos y ciudadanas emitir sus opiniones basados en la ley y la veracidad de la información, desarrollando un sentido critico de los ciudadanos y promover su participación en los asuntos de interés general. Nuestra radio será inclusiva y no excluyente, en relación con la participación, sin diferenciar credo religioso, opción política, genero, raza, con criterio pluralismo y propositivo.

Art. 3.- INTERES SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Radio Stereo Popular 106.7 FM promoverá de forma prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de los niños, niñas y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y Adolescencia.

Art. 4.- RESPONSABILIDAD SOCIAL

Radio Stereo Popular 106.7 FM responderá con solidaridad, valor de carácter social y humanitario de la radiodifusión, permaneciendo siempre dispuestos a prestar nuestra ayuda desinteresada en favor de la comunidad, con la realización de eventos, campañas, transmisiones, para motivar la participación solidaria de la audiencia en ayuda de los sectores menos favorecidos o afectados de la población.

Art.5.- PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA

Radio Stereo Popular 106.7 FM se compromete a difundir e informar su código deontológico en nuestra pagina web para conocimiento de la ciudadanía en general.

En caso de incumplimiento de alguno de los Artículos de este Código, cualquier persona que se sienta afectada puede presentar su queja, sin necesidad de firma de abogado, ante la emisora. Se designará a una persona responsable de la atención de su queja.

La emisora atenderá las faltas de cumplimiento al presente Código, tanto si son quejas por escrito o los comunicados por el público oyente.

Art. 6.- DE LOS COMUNICADORES

Los trabajadores de Radio Stereo Popular 106.7 FM están obligados a guardarse respeto y consideración y a ser solidarios en la solución de los problemas inherentes a sus actividades, promoviéndose el bien de todos, la capacitación y formación continua y garantizándose un adecuado ambiente de trabajo.

Los comunicadores gozan de los Derechos sagrados en la Constitución de la Republica y los que define la Ley Organica de Comunicación, especialmente el derecho a la clausula de conciencia, derecho a la reserva de la fuente, el derecho a mantener el secreto profesional, y el libre ejercicio de la comunicación, asi como todos y cada uno de los derechos laborales de los trabajadores.

Art.7.- RESPONSABILIDAD DE LA DIFUSION DE CONTENIDOS

Radio Stereo Popular 106.7 FM como responsable de los contenidos que se difundan en su programación, cuidara que los programas no puedan ser considerados como atentatorios contra los principios y valores antes mencionados y las Normas deontológicas determinadas en el Articulo 10 de la Ley Orgánica Comunicación, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No.22 del 25 de junio del 2013.

Art. 8.- RESPONSABILIDAD DE LAS OPINIONES VERTIDAS EN LA PROGRAMACION.

Los conductores o locutores de los programas de Radio Stereo Popular 106.7 FM, no podrán emitir opiniones, o utilizar términos, que impliquen cualquier forma de discriminación; de violación de los derechos y garantías constitucionales; que atender contra la unidad nacional; o que afecten a la idiosincrasia o identidad cultural de los pueblos o cualquier sector social. La emisora adoptara las medidas necesarias para establecer que el publico conozca si las expresiones vertidas son responsabilidad del medio, de los directores de un determinado programa o de terceros.

Art. 9.- DERECHO A LA RECTIFICACION

Radio Stereo Popular 106.7 atenderá todas las solicitudes por escrito de requerimientos de copias del material difundido en el desarrollo de su programación regular, y de acuerdo con lo determinado en el Articulo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación, de tener un sustento real se darán paso a las solicitudes de rectificación.

Art. 10.- DERECHO A LA REPLICA

De igual manera, de acuerdo con lo que establece el Articulo 24 de la Ley Orgánica de Comunicación, Radio Stereo Popular 106.7 FM receptara para su análisis todas las solicitudes de réplica, y serán atendidas todas aquellas que tengan sustento verídico.

 

Art.11.- CLASIFICACION DE LOS PROGRAMAS

Radio Stereo Popular 106.7 FM ajustara su programación a lo determinado en la Ley Orgánica de Comunicación en relación a los tipos de programas y a las franjas horarias establecidas.

Art.12.- PRODUCCION NACIONAL

Radio Stereo Popular 106.7 FM destinara a la música de producción nacional los espacios determinados en Ley Orgánica de la Comunicación.

Art.13.- FINALIDAD DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSION

Radio Stereo Popular 106.7 FM a través de sus servicios de radiodifusión, tiene por finalidad satisfacer las necesidades del oyente en el campo de información, la cultura, el conocimiento, la educación y el entretenimiento, asi como la difusión de los valores humanos, la democracia y la identidad nacional, dentro de un marco de respeto a los derechos fundamentales de todas las personas.

De igual manera forman parte de este Código Deontológico todas las Normas previstas en el Articulo 10 de la Ley Orgánica de Comunicación, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 22 del 25 de junio del 2013.

CONSIDERACIONES FINALES

Radio Stereo Popular 106.7 FM, se compromete a:

  • Crear los mecanismos necesarios para la amplia difusión de este Código entre los trabajadores, colaboradores y audiencia, para que esta pueda exponer sus quejas o sugerencias respecto a su cumplimiento.
  • Velar por el desempeño de la programación general dentro de los parámetros de ética profesional cuidando de no cometer faltas;
  • Evitar la difusión de informaciones cuya autenticidad no haya sido verificada o que causen alarma o conmoción social injustificada.
  • Identificar con claridad y precisión su origen, para efectos de responsabilidad legal de la Estación. En los programas informativos o de opinión, abiertos al publico o interactivos, dentro de los cuales los oyentes o invitados puedan opinar sobre tópicos puestos a discusión, el responsable de conducción advertirá, reiteradamente, que los criterios que emitan los intervinientes, serán de su exclusiva responsabilidad y que, de cualquier manera, utilizaran un lenguaje respetuoso respecto a las autoridades, las instituciones o personas contra las cuales formulen quejas, denuncias o acusaciones. Por consiguiente, el conductor del programa cortara la comunicación o intervención al participante que no se atenga a estar normas y de no hacerlo, asumirá la responsabilidad que le corresponda de acuerdo con la ley.